martes, 3 de diciembre de 2013

Pasos Para Cancelar la Hipoteca





¿Es usted una de esas afortunadas personas que pueden saldar esta famosa carga financiera?

Si es así, enhorabuena, ahora debe conocer los pasos legales necesarios para cerrar correctamente la operación.

Lo primero que hay que hacer es abonar la cantidad pendiente y la comisión de cancelación  en caso de que hubiera, y solicitar al banco que la expedición del certificado en que se haga constar que ya no existe deuda. 

El segundo paso, consistirá en formalizar mediante escritura pública la cancelación del préstamo.  Para ello, no es necesaria la asistencia del cliente ya que es el banco quién debe comparecer a la firma de la misma, y con posterioridad a ello, habrá que liquidar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD) ante la delegación de la comunidad autónoma correspondiente. La cancelación está exenta de pago pero es necesario igualmente liquidar el impuesto. 

Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Artículo. 45. 1B 18.  "Estarán exentas: Las primeras copias de escrituras notariales que documenten la cancelación de hipotecas de cualquier clase, en cuanto al gravamen gradual de la modalidad "Actos Jurídicos Documentados" que grava los documentos notariales."

En la Comunidad de Madrid se deberá aportar cumplimentar el modelo 601 de autoliquidación del impuesto.


Con el impuesto ya pagado, lo último que será necesario realizar es acudir al Registro de la Propiedad para que se inscriba la cancelación que tarda unos 15 días en hacerse efectiva.


Si necesitas ayuda o asesoramiento para tramitar tu cancelación de la hipoteca contacta con los profesionales de Neogestion. Contamos con un equipo humano multidisciplinar de profesionales con un gran bagaje en la prestación de servicios de índole patrimonial.

María José Galán Fernández
Neogestion